Condenado a cuatro años de prisión por conducir bebido, atropellar a un ciclista y abandonar el lugar sin prestar auxilio
El acusado, quien reconoció los hechos, fue condenado por el Juzgado de lo Penal número tres de Santander como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de abandono del lugar del accidente
La titular del Juzgado de lo Penal número tres de Santander ha condenado hoy a cuatro años de prisión a un hombre por conducir bebido, atropellar a un ciclista y abandonar el lugar sin prestarle auxilio.
El juicio estaba señalado para esta mañana, pero al inicio del mismo las partes han alcanzado un acuerdo. El acusado ha reconocido los hechos y ha sido condenado como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave en concurso ideal con un delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
También lo ha sido como autor de un delito de abandono del lugar del accidente, con la concurrencia, en este caso, de la circunstancia atenuante de su responsabilidad penal de embriaguez.
Además de la pena de prisión, se le priva del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años y medio, lo que conlleva la pérdida definitiva del permiso de conducir.
La familia del fallecido, que ha recibido de la aseguradora del vehículo que conducía el acusado una indemnización de 276.000 euros, se ha reservado la posibilidad de emprender acciones civiles.
Según los hechos probados de la sentencia, el día 11 de febrero de 2023 sobre las siete y media de la mañana el acusado conducía su vehículo por una carretera en Torrelavega cuando, al llegar a un tramo curvo en el que la velocidad estaba limitada a 50 kilómetros por hora, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente con un hombre de 67 años que circulaba en bicicleta eléctrica y que murió de politraumatismo una hora después.
Explica la resolución, que el ahora condenado conducía “tras una noche sin descanso, tras la ingesta de alcohol, sin prestar atención a las circunstancias del tráfico y a una velocidad entre 56,89 y 69,53 kilómetros por hora”.
Posteriormente, “no solo no prestó auxilio alguno al ciclista, ni solicitó el de terceros pese a llevar un teléfono móvil, sino que se ausentó del lugar del accidente dejando abandonada a la víctima a su suerte”.
La sentencia, que es firme, le condena además al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.