El juicio contra el acusado de un presunto abuso sexual a una mujer con discapacidad intelectual será el martes

Juzgados de Santander. R.A.

También se juzgará a un padre e hija por una posible operación inmobiliaria para perjudicar el patrimonio de otra hija y hermana

El juicio contra el acusado de un presunto abuso sexual a una mujer con discapacidad intelectual será el martes, día 6 de junio, a las 9.30 horas, Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria.

Según la Fiscalía, el acusado se sentó junto a la mujer en un banco y, con ánimo libidinoso, metió su mano por dentro de la ropa interior de la mujer y le introdujo los dedos en la vagina. Tras apartar la mano del procesado y marcharse, le persiguió y le tocó sobre la ropa la zona de las nalgas.

El Ministerio Público considera que el acusado es autor de un delito abuso sexual con penetración, merecedor de cinco años de prisión, seis de alejamiento y prohibición de comunicar con la víctima y ocho de inhabilitación para desempeño que conlleve contacto con menores.

En concepto de indemnización, considera que debe abonar 5.000 euros a la mujer por el daño moral que le ha causado.

Queveda

También se juzgará el mismo día, a las 11.00 horas, a un padre e hija por una posible operación inmobiliaria para perjudicar el patrimonio de otra hija y hermana Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Según el escrito de la fiscalía, la perjudicada administraba una sociedad que era propietaria de una finca en Queveda, Santillana del Mar, valorada en 220.000 euros.

El padre, sabiendo que el poder otorgado por esa sociedad le había sido revocado, realizó una venta “simulada, ya que nunca llegó a pagarse cantidad alguna”, de la finca a otra empresa.

La sociedad compradora estaba administrada por otra hija suya y carecía de actividad, ya que fue constituida “con la única finalidad de incorporar a su patrimonio la finca de Queveda con claro perjuicio de su hermana”, que ignoraba la venta de la propiedad.

Los hechos constituyen, según la Fiscalía, un delito de estafa, que atribuye al padre, a la hija propietaria de la sociedad que adquirió la finca y a la propia empresa.

La pena solicitada por el ministerio público para cada uno de ellos es de dos años de prisión y 1.440 euros de multa.

Para la sociedad, la condena pedida por la fiscalía es su disolución, además de que reintegre la finca a la mercantil que era propietaria de la misma antes de la venta simulada.

La acusación particular, que ejerce la perjudicada, eleva la petición de pena a tres años de prisión y 1.620 euros de multa. También pide la disolución de la sociedad compradora de la finca y el reintegro de la misma a su propietaria.

Por su parte, la defensa alega que en la familia se realizaron numerosas operaciones de transmisión de propiedades sin que tuviera lugar pago efectivo de ninguna, y que era el padre el único que disponía de medios económicos para adquirirlas.

En el caso de la finca objeto del pleito, explica la defensa que la adquiriente nunca desembolsó precio alguno porque su actuación era la de un representante que encubre al verdadero titular.

En este sentido, añade que no se pueden calificar los hechos como estafa, puesto que faltan el engaño y el desplazamiento patrimonial, elementos que exige el delito de estafa.