jueves. 28.11.2024
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Acepta dos años de prisión y seis de alejamiento de su pareja por maltrato, acoso y allanamiento de su domicilio

El acusado ha reconocido los hechos en una vista celebrada hoy para formalizar el acuerdo alcanzado por las partes, y ha aceptado una multa de 4.500 euros y una indemnización de 3.000 euros

Juzgados de Santander. R.A.
Juzgados de Santander. R.A.
Acepta dos años de prisión y seis de alejamiento de su pareja por maltrato, acoso y allanamiento de su domicilio

El presidente del tribunal del jurado que debía enjuiciar a un hombre por allanar el domicilio de la que fue su pareja, maltratarla y acosarla, le ha condenado hoy a una pena de dos años de prisión y seis de alejamiento y prohibición de comunicar con ella, tras expresar el acusado su conformidad con los hechos que se le atribuyen y con la pena solicitada por las acusaciones.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria recibió la causa, tramitada por el procedimiento del tribunal del jurado, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Santander, junto a una comunicación de la acusación particular y de la defensa en la que manifestaban su “conformidad absoluta” con el escrito de la Fiscalía.

Así las cosas, el tribunal no ha tenido que hacer llamamiento de jurados y la vista de hoy ha consistido únicamente en la formalización del acuerdo.

Durante la misma, el magistrado presidente ha solicitado a las partes que informaran sobre la posibilidad de que la pena sea suspendida, a lo que ninguna de ellas se ha opuesto.

Reventó la puerta

Los hechos que han sido considerados probados y que el acusado ha aceptado hoy expresamente, señalan que este hombre y su pareja mantuvieron una relación sentimental durante siete meses.

El escrito de la Fiscalía que ha sido llevado a sentencia relata un episodio en agosto de 2021, cuando, “al regresar al domicilio de ella, tras una discusión en la calle en el curso de la cual él le arrebata el móvil a ella, la empuja, cayéndose esta al suelo, resultando con moratones y arañazos”.

Al mes siguiente la mujer puso fin a la relación, pero el acusado no lo aceptó y “a partir de esa fecha se persona en las inmediaciones” del domicilio de ella.

Puerta forzada

El día 9 de octubre, de madrugada, “consigue forzar la puerta de entrada del citado domicilio, reventándola, accediendo a su interior, no estando en el mismo ella, pero sí unos amigos de esta a los que manifiesta que quería comprobar si ella estaba”.

“El acusado frecuenta las inmediaciones del domicilio de ella, llamando insistentemente al telefonillo y a la puerta del domicilio en múltiples ocasiones y a cualquier hora, entre los meses de octubre y noviembre de 2021”, añade el escrito.

Finalmente, “los días 2 y 3 de diciembre de 2021, reitera las llamadas al interfono, suplicándole que le perdonase y hablase con él, negándose esta”.

Asimismo, se da por probado que estos hechos “han motivado cambios en la vida cotidiana de la mujer, por su continua presencia en su entorno y ante el temor a que el acusado acceda nuevamente a su domicilio”.

El ya condenado lo es como autor de un delito de allanamiento de morada, otro de violencia de género y un tercero de acoso.

La pena impuesta es de dos años de prisión, 4.500 euros de multa, 140 días de trabajos en beneficio de la comunidad, dos años de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, y seis años de prohibición de comunicar o acercarse a la mujer.

Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizarla con 3.000 euros por los daños morales que le ha causado.