miércoles. 27.11.2024
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El acusado de abusar de una menor dormida admite los hechos y se conforma con dos años de prisión

La Fiscalía, acusación particular y defensa llegan a un acuerdo y deberá realizar un curso de reeducación sexual y trabajos en beneficio de la comunidad durante un año

Juzgados de Santander. R.A.
Juzgados de Santander. R.A.
El acusado de abusar de una menor dormida admite los hechos y se conforma con dos años de prisión

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado hoy a dos años de prisión a un hombre que realizó tocamientos a una menor, de 13 años de edad, mientras se encontraba dormida.

El juicio estaba señalado en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, pero la Fiscalía, la acusación particular y la defensa del acusado han llegado a un acuerdo al inicio y la prueba no ha tenido que practicarse.

El hombre se ha confesado culpable de un delito de abuso sexual, y la Fiscalía ha retirado la circunstancia agravante de la responsabilidad penal de abuso de confianza.

Además, ha informado al Tribunal de que solicitaba la aplicación del código penal vigente en el momento de los hechos, ya que, según ha indicado, el actual resultaría más perjudicial para el reo.

La pena con la que este se ha conformado asciende a dos años de prisión, a no comunicar ni acercarse a la víctima durante un periodo de cinco años y a no desarrollar trabajo u oficio que conlleve contacto con menores durante el mismo periodo. Además, se le impone una medida de seguridad de libertad vigilada de cinco años.

Tras declararse la firmeza de la sentencia, la Fiscalía ha manifestado que no se opone a la suspensión extraordinaria de la condena por un periodo de cinco años, sujeta a que el acusado no delinca en esos cinco años; a que respete las penas de alejamiento, prohibición de comunicar con la víctima e inhabilitación para oficio con menores; a que realice un curso de reeducación sexual y a que desempeñe trabajos en beneficio de la comunidad durante un año.

El Tribunal, tras escuchar la conformidad de todas las partes en este sentido, así lo ha acordado y ha advertido al acusado de la importancia de que cumpla esas condiciones para que no entre en prisión.

Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar en noviembre de 2020 en el domicilio de un amigo del ya condenado.

Durante la madrugada, “con ánimo libidinoso” y mientras la hija de su amigo se encontraba durmiendo, “se tumbó a su lado y le metió la mano por el interior del pantalón del pijama a la altura de la zona vaginal, con intención de meterla dentro de las bragas de la niña”.

En ese momento, esta “se giró a un lado”, por lo que el acusado “sacó la mano y le preguntó si podía abrazarla un rato, hecho que no tuvo lugar porque ella se levantó de la cama y se metió en el baño”.

Como consecuencia de la denuncia de los hechos, el juzgado que instruyó la causa le impuso una medida cautelar de prohibición de comunicar y acercarse a la menor, medida que ha estado vigente hasta hoy.