Nueva condena a una empresa de reparto de Amazon en Cantabria
AT Operalia indemnizará con 6.251 euros a un delegado de Unión Sindical Obrera (USO) por un nuevo ataque a los derechos fundamentales de la libertad sindical
La empresa de reparto de Amazon en Cantabria, AT Operalia, vuelve a ser condenada por un ataque al derecho fundamental a la libertad sindical. En esta ocasión la empresa sancionó con 16 días de empleo y sueldo a un delegado de Unión Sindical Obrera (USO) por una falta muy grave que no ha podido ser acreditada mínimamente y según el juez del Juzgado de lo Social número cinco, resulta “simplemente inverosímil” que el trabajador hubiera cometido la falta imputada.
“Por tanto, estamos ante un nuevo ataque de la empresa de reparto de la multinacional Amazon a la libertad sindical”, indicaron.
Esta sentencia, que viene acompañada con el abono de los salarios dejados de percibir y una indemnización de 6.251 euros, es una más de un corolario de sentencias condenatorias que esta empresa viene recibiendo desde que los trabajadores decidieron organizarse y constituyeron un comité de empresa.
Para USO es absolutamente inaceptable que en territorio europeo exista empresarios que de manera recurrente confronte con el sistema de derechos fundamentales de los trabajadores como es el de constituirse en sindicatos o ejercer las labores de representación sindical que nuestra Constitución ampara.
“Estamos en este caso ante un tipo de empresa con beneficios millonarios pero que pretenden mantener a sus trabajadores con salarios próximos al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con condiciones laborales muy precarias como base de su negocio y para ello necesitan transgredir de manera casi sistemática la normativa laboral, a veces, como es el caso, con ataques directos a los sindicalistas”, comentaron.
USO exige al Legislativo la elaboración de Leyes más efectivas para combatir este tipo de acciones y al Gobierno más contundencia ante la reiteración de ataques a los derechos de los trabajadores en empresas donde la escasa entidad de las sanciones no tiene un poder disuasorio suficiente.
La sentencia es recurrible pero ante lo concluyente de sus argumentos tiene, a juicio de USO, escaso recorrido impugnatorio.