jueves. 21.11.2024
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Opinión

Escasos controles, eficacia, eficiencia economía e integridad

La omisión del Artículo 103 de la C.E por parte de algunos poderes adjudicadores supone que dan lugar a una especie de “ignorancia” normativa, al dejarse de aplicar el susodicho precepto Constitucional:

Escasos controles, eficacia, eficiencia economía e integridad

la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.  

Hace pocos días ocurrió cierto revuelo en la Consejería de Obras Públicas de Cantabria, suscitándose por parte del presidente de dicha Comunidad que ciertos Controles han fallado.

Según Palomar Olmeda, un aspecto llamativo qué pende sobre el tema que nos ocupa, son los bajos controles habituales de: eficacia; eficiencia; economía e integridad, anidadas en muchas de nuestras AA.PP.

Resulta primordial la garantía de eficiencia de los fondos públicos y actuaciones profesionales, mediante una publicidad adecuada, transparencia e imparcialidad en los procedimientos de adjudicación. Supone además el poder disponer de unas pautas o valores de referencia, frente a los cuales sea posible establecer comparaciones, o lo qué significa lo mismo, mide la relación entre los recursos empleados y los objetivos esperados

Según Ramón Tamames, la misión de la eficiencia es estrictamente económica, mientras que la eficacia es organizativa o administrativa.

La evaluación de la eficacia de una gestión no puede plantearse seriamente si no se dispone plenamente de una planificación asentada en unos programas en los cuales aparezcan objetivos claramente establecidos y cuantificados.

Es decir, a través de la eficacia medimos la relación entre los recursos obtenidos y los objetivos esperados. En la actualidad puede decirse, qué nuestro sistema ofrece una mezcla de los ingredientes mencionados.

Un ejemplo para finalizar. Una Memoria Económica en la que la Administración explique las repercusiones presupuestarias del proyecto, resultaría fundamental a efectos de conocer si en la decisión adoptada, se ha tenido en cuenta el criterio de la mayoría económica de los medios expuestos.