Condenados dos instaladores de gas y el responsable de una residencia en Puente Arce por una fuga que acabó con la vida de dos ancianas
Antes del inicio del juicio han consignado la totalidad de las indemnizaciones reclamadas
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado hoy a penas de prisión a dos técnicos instaladores de gas y al director de una residencia geriátrica en Puente Arce, en Piélagos, como responsables de la muerte de dos ancianas, que murieron por una fuga de gas debida a la defectuosa instalación.
El juicio estuvo señalado para hoy en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, pero al inicio las partes han alcanzado un acuerdo y han informado al Tribunal, que ha dictado sentencia en esos términos.
Los tres acusados han sido condenados como autores de dos delitos de homicidio por imprudencia grave y cuatro delitos de lesiones por imprudencia grave, ya que además de las mujeres fallecidas otras cuatro resultaron intoxicadas.
En el fallo, se ha tenido en cuenta la concurrencia de las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, debido a que antes de la celebración de la vista los tres acusados han consignado la totalidad de las cantidades reclamadas en concepto de responsabilidad civil.
Según los hechos probados que se han llevado a sentencia, en febrero de 2020 se produjo una fuga de monóxido de carbono, un gas letal, que procedía de una de las calderas de una residencia geriátrica de Puente Arce.
Ventilación
El escape, que duró dos días, se filtró al hueco de la chimenea y de ahí a los canales de ventilación, hasta llegar a las habitaciones de algunas residentes.
Dos de ellas fallecieron y otras cuatro sufrieron lesiones que precisaron tratamiento médico posterior al de urgencias.
El escape de monóxido de carbono “se generó por la acción y la omisión humanas” de los acusados.
Así, uno de ellos fue el encargado de reemplazar una caldera estropeada por otra, “instalándola incorrectamente y sin seguir las instrucciones del fabricante”, ya que la nueva estaba preparada para gas natural y debía ser adaptada para gas propano, “lo que el técnico no realizó, provocando con ello una mala combustión”.
Además, el mantenimiento en el cuarto de calderas era “defectuoso”, dado que los técnicos que mensualmente llevaban a cabo esas labores “nunca repararon la defectuosa conexión que existía entre la conducción de salida de humos de las calderas y la propia chimenea”.
Y ello, a pesar de “estar a la vista en el propio cuarto de calderas el ‘apaño’ que realizó la propiedad desde hacía ya varios años”, consistente en la conexión con “cinta americana y una red mecánica” de la conducción de salidas de humos de las calderas y la propia chimenea, labor que no se encomendó a técnicos especializados.
Finalmente, también existió una “defectuosa contratación por parte de la propiedad del mantenimiento de las chimeneas”, al no constar que se hubiera contratado a una empresa especializada.
Por todo ello, los acusados son autores de los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave, merecedores de: dos años de prisión e inhabilitación del mismo periodo para desempeñar la profesión de instalador de gas en el caso del técnico que colocó la caldera; un año y medio de cárcel y el mismo periodo de inhabilitación profesional para el otro técnico; y dos años de prisión para el director de la residencia.