miércoles. 04.12.2024
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Prisión provisional eludible bajo fianza de 4.000 euros a uno de los conductores investigados por el atropello mortal de Castelar

El hombre prestó la fianza, por lo que el juez de guardia firmó su excarcelación, y se le retiró el pasaporte y el permiso de conducir

Juzgados de Santander. R.A.
Juzgados de Santander. R.A.
Prisión provisional eludible bajo fianza de 4.000 euros a uno de los conductores investigados por el atropello mortal de Castelar

El titular del Juzgado de Instrucción número dos de Santander, encargado de las diligencias abiertas por el atropello mortal de un joven de 19 años el pasado viernes 3 de febrero en la calle Castelar, en Santander, ha dictado prisión provisional eludible bajo fianza de 4.000 euros a uno de los conductores investigados.

El auto modifica la situación personal de uno de los dos conductores investigados, ya que el pasado sábado el magistrado acordó el ingreso en prisión de los dos detenidos, como investigados de los delitos de homicidio imprudente, conducción temeraria y conducción bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

La defensa de uno de ellos, el que no fue autor material del atropello, recurrió esta decisión y ahora el magistrado ha decidido transformar la prisión provisional comunicada y sin fianza por la prisión provisional eludible bajo fianza de 4.000 euros.

Hoy, la familia del investigado ha prestado la fianza, por lo que el juez que se encuentra de guardia ha firmado su salida de prisión.

El titular del Juzgado de Instrucción número dos ha acordado, además, la obligación del investigado de comparecer ante el juzgado los días 1 y 15 de cada mes, la prohibición de salir del territorio nacional, por lo que se le ha retirado el pasaporte; y la prohibición de conducir vehículos, con la entrega de su permiso de conducir.

Su conducta 

En su auto, el magistrado rechaza los argumentos de la defensa de que no existe nexo causal entre su conducta y el resultado de la muerte.

Según el juez, “si bien es cierto que serán los informes técnicos que se elaboren los que facilitarán los detalles de la conducción efectuada por cada implicado y de la velocidad que llevaban, las diligencias hasta ahora practicadas” constituyen “indicios bastantes para sostener, en este momento procesal, que el ahora recurrente inició una carrera o ‘pique’ con el otro conductor que discurrió durante un largo trayecto”.

Y continúa al señalar que esa carrera “sin duda influyó en la pérdida de control del otro vehículo y, en definitiva, en el atropello mortal”.

Arraigo personal

Por otro lado, el magistrado explica que la medida cautelar de prisión se acordó “por el riesgo de fuga del investigado y ello a la vista de la entidad de la pena que los delitos imputados llevan consigo”.

Sin embargo, “ahora en el recurso se alega y justifica el arraigo personal del investigado, que cuenta con domicilio conocido, convive con su pareja desde hace años, residiendo toda su familia en Cantabria”.

Por tanto, “tales circunstancias reducen el ya aludido riesgo de que pueda intentar eludir la acción de la justicia, riesgo que cabe minorar todavía más mediante la fijación de una fianza por importe de 4.000 euros”, concluye la resolución.