lunes. 25.11.2024
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El exalcalde de Santoña, Sergio Abascal (PSOE), apoyó la gestión de Puerto Gallego y los ediles socialistas y las defensas piden su absolución

La Audiencia Provincial incorpora nueva documental y el fiscal insiste en la condena: "la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento"

El alcalde de Santoña, Sergio Abascal (PSOE). R.A.
El alcalde de Santoña, Sergio Abascal (PSOE). R.A.
El exalcalde de Santoña, Sergio Abascal (PSOE), apoyó la gestión de Puerto Gallego y los ediles socialistas y las defensas piden su absolución

El exalcalde de Santoña, Sergio Abascal (PSOE), apoyó la gestión de la también exregidora municipal socialista, Puerto Gallego, y ocho concejales de su equipo de Gobierno durante su declaración, este miércoles y como testigo, en la vista de apelación a la sentencia.

De hecho, el fallo judicial les condenó, respectivamente, a cinco y cuatro años de inhabilitación especial para cargo público en la administración local por prevaricación administrativa en su etapa en el Ayuntamiento, por fraccionar de contratos entre 2003 y 2009.

En el plenario, en el que las defensas han interesado que se revoque esa sentencia y se dicte otra absolutoria y el fiscal ha insistido en el fallo condenatorio, Abascal ha indicado que las contrataciones objeto de este procedimiento judicial venían de "muchos años atrás" y que algunas empresas prestaron "desde siempre" el servicio en cuestión. Además, subrayó que eran "esenciales", agua, alumbrado, limpieza, entre otros,) y que la situación se regularizó durante el mandato de los enjuiciados.

Además, ha negado que hubiera "ningún" reparo en los presupuestos municipales por parte del secretario, que era quien daba las órdenes de pago y transferencia, y que firmaron después el tesorero, el interventor y la alcaldesa, por ese orden, según ha señalado el testigo.

Tras su comparecencia, ante la Sala de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria, que ha incorporado también la documental solicitada por las defensas y denegada en la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Penal número uno de Santander, los abogados de Puerto Gallego y sus ediles han pedido que se anule el fallo recurrido de noviembre de 2021 y se absuelva a sus patrocinados.

De igual forma, argumentaron que eran contrataciones "heredadas", que se venían haciendo "desde tiempos casi inmemoriales", y que los pagos eran "recurrentes", pues se hacían de forma "periódica" hasta que la situación se "regularizó".

Al mismo tiempo, han añadido que eran siempre por servicios "prestados", fundamentarme por cuatro empresas, negando con todo ello y en cualquier caso que hubiera detrás "nada de carácter personal ni daño al interés público", sino todo lo contrario: se evitó un "enriquecimiento injusto" del Consistorio, tal y como han esgrimido.

Así, los letrados defensores creen que no se puede imputar "responsabilidad penal alguna" a Gallego y los ocho miembros de su equipo procesados, sino tan solo, y "a lo sumo, dilación en esa regularización" que llevaron a cabo, lo que constituiría en todo caso una irregularidad o ilegalidad administrativa, pero no una decisión basada en la "arbitrariedad" o hecha por "capricho".

En la sesión, en la que se han incorporado diversos expedientes relacionados con la contratación pública llevada a cabo cuando los procesados estaban al frente del Ayuntamiento y expedientes de empresas que prestaban servicios, el fiscal se ha opuesto a las pretensiones de la parte contraria y ha interesado que el tribunal de apelación dice una sentencia confirmatoria, ratificando la condena.

Defensa

Entiende el representante del Ministerio Público que no ha habido error en la valoración de la prueba practicada y que hay prueba "de cargo suficiente" además. Asimismo, considera que la prueba no puede ser "ilimitada", hasta "lo que las partes quieran", y cree que en este caso se ha hecho una defensa "prospectiva", aportando 8.000 folios de documentos, "todo lo que sea".

A juicio de esta acusación, el testigo incorporado a la causa tiene "interés" en la misma y ha hecho una "defensa enaltecida de los condenados", con la mayoría de los cuales coincidió en el Ayuntamiento cuando ellos integraban el equipo de Gobierno y la Junta Local y él formaba parte de la Corporación (fue edil de 2007 a 2011, alcalde de 2015 a 2023 y en la actualidad está en la oposición).

En su alegato final, el fiscal se ha referido al informe de la intervención regional y a las directrices del Tribunal de Cuentas contrarias a estas prácticas, ha sentenciado que hay "quebranto" cuando se presupuesta para una cosa y el dinero se destina a otra, y ha pedido "papelitos" sobre la regularización de la situación alegada por los encausados y el testigo. "La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento", ha resumido.

Finalmente, ha intervenido el abogado del PP, personado en la causa y que se ha pronunciado en términos similares al fiscal, quejándose igualmente de la prueba documental aportada, que solo ha podido mirar "por encima". Por lo demás, ha incidido en las advertencias realizadas a los enjuiciados y ha instado a los magistrados a ir "al grano" del asunto y determinar si lo que hicieron Gallego y sus ediles "es o no" prevaricación administrativa.

Condena

La exalcaldesa justificó el pago las facturas cuestionadas y a pesar de los reparos de los interventores porque los servicios se habían prestado y había además consignación presupuestaria. "Estábamos entre la espada y la pared", manifestó en el juicio.

Fue condenada a cinco años de inhabilitación especial para cargo público en la administración local por ese delito en su etapa al frente del Ayuntamiento, por fraccionamiento de contratos, mientras que sobre los ocho ediles socialistas igualmente acusados por aprobar el pago de facturas pese a reparos del interventor recayeron cuatro años de inhabilitación para esos puestos o de regidor, teniente de alcalde o cualquier otro de naturaleza electiva en el ámbito local.

Lo determinó así la titular del Juzgado de lo Penal número uno de Santander que enjuició los hechos en noviembre de 2021, en una sentencia que dictó dos días después de la vista y en la que apreció la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas en esta causa, vista entonces casi veinte años después de las primeras irregularidades denunciadas y tras más de una década desde que arrancó la instrucción.

El procedimiento, que en esas fechas constaba de más de seis mil folios, partió de una denuncia del exconcejal de Falange Leoncio Calle Pila por irregularidades cometidas entre 2003 y hasta 2009. A esta acusación particular, que pedía nueve años de inhabilitación para todos los implicados, se sumó después el PP, que interesaba ocho años, los mismos que el fiscal, para cargo o empleo público también, al entender que la prevaricación fue "clarísima".

De su lado, las dos defensas de los acusados interesaban la libre absolución de todos ellos, y siguen insistiendo en la misma tras la vista celebrada por el recurso de apelación interpuesto, y con la que la causa ha quedado nuevamente vista para sentencia.