lunes. 25.11.2024
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Reconocen no dar de alta a 22 camareras en la Seguridad Social de un club de alterne en Heras y admiten nueve y seis meses de prisión

Los implicados consignaron judicialmente la responsabilidad civil solicitada por la Fiscalía y la Tesorería General

Juzgados de Santander. R.A.
Juzgados de Santander. R.A.
Reconocen no dar de alta a 22 camareras en la Seguridad Social de un club de alterne en Heras y admiten nueve y seis meses de prisión

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado hoy a nueve meses y a seis meses de prisión a dos hombres como responsables de un club de alterne que tenía empleadas a 22 camareras sin estar dadas de alta en la Seguridad Social.

El juicio estaba previsto que tuviera lugar hoy, pero al inicio la Fiscalía, la acusación particular que ejerce la Tesorería General de la Seguridad Social y las defensas han alcanzado un acuerdo.

Los acusados han consignado judicialmente la responsabilidad civil que las acusaciones solicitaban, 547 euros, y se les ha aplicado la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de reparación del daño, lo que ha permitido reducir la pena inicialmente solicitada.

Además de la condena a prisión, nueve meses para el administrador único de la mercantil y seis meses para el encargado del club, se les inhabilita para ejercer en industria o comercio durante el mismo periodo y se les impone una multa de 2.160 euros para el primero y de 1.440 euros para el segundo.

Según los hechos probados, en julio de 2019 la Inspección de Trabajo realizó una visita al club de alterne, situado en Heras, en Medio Cudeyo, y comprobó que 22 personas que realizaban servicios como camareras de alterne no se encontraban dadas de alta en la Seguridad Social.

De ellas, 17 eran españolas o comunitarias y otras cinco carecían de permiso para trabajar en España. En total, 38 personas trabajaban en la empresa, 16 de ellas dadas de alta y 22 que no lo estaban, lo que supone que más de la mitad de la plantilla se encontraba en situación irregular.

Por ello, ambos acusados, responsables de la contratación de las personas que trabajaban en las instalaciones, han sido condenados como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores.