Absuelta una mujer de llevar cocaína porque no se probó su destino para la venta
La Audiencia de Cantabria resalta que era consumidora, que no se le ha encontrado ningún útil para preparar la droga y que tampoco llevaba dinero fraccionado
La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a una mujer que venía siendo acusada de, presunto, tráfico de drogas, ya que considera que no se ha probado que la cocaína que llevaba estuviera destinada a la venta entre consumidores.
En una sentencia notificada, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria explica que el vehículo que conducía la mujer fue interceptado porque ella no llevaba puesto el cinturón de seguridad y que fue entonces cuando se le encontraron 46 bolsitas que contenían 25,5 gramos de cocaína, 14,025 gramos reducidos a pureza. En el control realizado, la acusada dio positivo en drogas.
A juicio de la sala, si bien la mujer ha reconocido ser propietaria de la sustancia que, según dijo, acababa de comprar en Bilbao, “no cabe afirmar que la droga estuviera preordenada al tráfico, habida cuenta la acreditada condición de consumidora de la acusada, la escasa cantidad de droga incautada y las circunstancias concurrentes en el hecho y en la persona de la acusada”.
Sin dinero
En este sentido, explica el tribunal que no se le encontró cantidad alguna de dinero, “lo que es un claro indicio de que no había procedido con anterioridad inmediata a la venta de sustancia alguna”.
Además, la acusada percibe una pensión, lo que indica que “disponía de recursos para la adquisición de dichas sustancias” y que “no necesitaba de su tráfico para la obtención de ingresos, es decir, que no lo necesitaba como medio de vida”.
La sentencia de la Audiencia Provincial no es firme y contra la misma cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.