jueves. 21.11.2024
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La Justicia reconoce el derecho de la plantilla de Textil Santanderina a cobrar el triple por el turno de noche

La Sección Sindical de Comisiones Obreras consiguió que el plus de nocturnidad se calcule tomando como referencia todos los conceptos salariales y no sólo el salario base y la antigüedad

Instalaciones de Textil Santanderina.
Instalaciones de Textil Santanderina.
La Justicia reconoce el derecho de la plantilla de Textil Santanderina a cobrar el triple por el turno de noche

La Sección Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) en Textil Santanderina ha conseguido un importante hito que repercutirá en un fuerte incremento salarial para los trabajadores de la factoría de Cabezón de la Sal cuando trabajen en el turno de noche, el comprendido entre las 22.00 y las.00 horas.

El Juzgado de lo Social número cuatro de Santander ha estimado la demanda interpuesta por la Federación de Industria de CCOO en Cantabria, a la que después se adhirieron UGT, USO, CSIF, SIEP, y que desembocó en un conflicto colectivo, y ha declarado el derecho de los y las trabajadoras afectadas por el convenio colectivo a percibir el plus de nocturnidad aplicando el 28 por ciento sobre el salario hora ordinaria resultante de dividir la totalidad de los conceptos salariales anuales entre la jornada anual prevista.

“Es un éxito importante porque hasta ahora se aplicaba el 28 por ciento pero solo teniendo en cuenta el salario base y la antigüedad.

La sentencia avala lo que desde CCOO veníamos reivindicando desde hace tiempo y que ahora hemos conseguido, que se tenga en cuenta la totalidad de los conceptos salariales.

El resultado es que los y las trabajadoras cobrarán casi el triple de lo que les pagaban hasta ahora”, ha señalado el delegado de CCOO en Textil Santanderina, Isaac Gonzálezempresa que cuenta con una plantilla en torno a las 150 personas. 

La base de la demanda estaba en el artículo 63 del Convenio Colectivo, que regula el plus de nocturnidad estableciendo que las horas trabajadas entre las 22.00 y las 6.00 horas se abonarán con un recargo del 38 por ciento sobre el salario pactado más la antigüedad, en un texto cuya redacción ha permanecido invariable desde 1991.

La ltis en cuestión estaba en si hay que tomar como referencia sólo el salario base y la antigüedad o la totalidad de los conceptos salariales, una cuestión que se dirimió en una comisión paritaria a la que hace referencia la sentencia en la que sólo CCOO votó en contra y que, después, el sindicato llevó a los tribunales.

“Desde CCOO hemos luchado incansablemente hasta lograr que los y las trabajadoras vean un importante incremento salarial en sus nóminas cuando trabajen en el turno de noche. De media puede suponer unos 150 euros más al mes por trabajar en el turno de noche cinco jornadas”, ha destacado González.